Constitucionalización del Derecho Internacional de los Derechos Humanos: Una mirada desde el enfoque Basado en Derechos Humanos y Goce Efectivo de Derechos
Constitutionalization of the International Law of Human Rights: A look from the approach Based on Human Rights and Effective Enjoyment of Rights
Contenido principal del artículo
Resumen
La política internacional sobre protección de Derechos Humanos que se encuentra en curso actualmente ha sido definida por la Resolución que dio origen a los objetivos de Desarrollo sostenible. Estos objetivos buscan alcanzar una sociedad con desarrollo humano que se enfoque en los ciudadanos como capitales de capacidades y no como capital de trabajo. El presente Articulo se encarga de describir las bases teóricas prácticas de la materialización de estos objetivos, lo cual se traduce en la implementación de los Derechos Humanos dentro del Derecho interno de cada Estado. La metodología usada es la analítico descriptiva con la que se pretende responder la siguiente pregunta: ¿El Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha puesto un límite a la comunidad internacional en la garantía y respeto de los derechos humanos parte de los Estados?.
Descargas
Detalles del artículo
Referencias (VER)
Álvarez, J. R. (2015). Políticas públicas sociales: Reflexiones desde las teorías y la historia del bienestar social. Analecta política, 5(9), 391-405. https://revistas.upb.edu.co/index.php/analecta/article/view/2452/2227
Alza, C. (2014). El enfoque basado en derechos. ¿Qué es y cómo se aplica a las políticas? En d. R. Superior, Derechos Humanos y Políticas Públicas. Manual. España, Madrid.
Aristóteles. (2015). La política. México: Porrua.
Becerra, C. a. (s.f.). http://ilsa.org.co:81/biblioteca/dwnlds/od/elotrdr037/od37-andrea.pdf
Calvo, M. (2005). Transformaciones del Estado y del Derecho. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Carrillo de la Rosa, Y., & Ariza Orozco, O. M. (2019). Teorías aplicables al derecho internacional e interamericano de derechos humanos. Revista Jurídica Mario Alario D´Filippo, 11(21), 110–122. https://doi.org/10.32997/2256-2796-vol.11-num.21-2019-2503
Caro Benítez, M. J. (2019). La justicia transicional y la construcción de paz: reflexiones en torno a su garantía en el postconflicto colombiano. Revista Jurídica Mario Alario D´Filippo, 11(22), 204–216. https://doi.org/10.32997/2256-2796-vol.11-num.21-2019-2510
Griffin, k. (2001). Centro de investigación, formación y asistencia técnica de la Universidad de Cantabria. Recuperado el 2017, de http://www.ciberoamericana.com http://www.ciberoamericana.com/documentos/introcoopdes/Desarrollo%20Humano.%20Origen,%20Evoluci%23U00f3n,%20Impacto.pdf
Habermas, J. (1998). Facticidad y validez. Madrid. España: Trotta.
Habermas, J. (2005). Facticidad y Validez. Madrid: Trotta.
Hinkelammert, F. J. (1999). El huracán de la Globalización: la exclusión y la destrucción del medio ambiente vistos desde la teoría de la dependencia. En F. J. Hinkelammert, El Huracán de la Globalización. San José de Costa Rica: Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI) de la edición en español San José de Costa Rica.
Institut de Drets Humans de Catalunya. (2014). Derechos Humanos y Desarrollo El Enfoque Basado en Derechos Humanos en la Cooperación al Desarrollo - EBDH. Barcelona (España): Institut de Drets Humans de Catalunya.
Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación-IUDC. (2015). La incorporación del enfoque basado en los derechos humanos en las políticas públicas de cooperación para el desarrollo: implicaciones para el caso español. Universidad Complutense de Madrid. Madrid: Ministerios de asuntos exteriores y de cooperación España.
Kant, I. (2003). La paz perpetua. Buenos Aires: Biblioteca virtual universal.
Kaufmann, A. (1992). Pensamiento Jurídico Contemporáneo. Madrid: Debate.
Locke, J. (2006). Segundo tratado sobre el gobierno civil. Bogota: Tecnos.
Marx, K. (2013). Manuscritos de economía y filosofía. Madrid: Alianza editorial.
Meadows, H. (1972). The limits of growth. A report for the Club of Rome's Project on the predicament of mankind. (L. l. Traducción al castellano (1993), Ed.) New York: Universe Books.
Mejía, O. (2006). Nuevas teorías de la democracia. De la democracia formal a la democracia deliberativa. Colombia internacional, 12-31.
Morris, D. (Julio de 1982). Measuring the Condition of the World’s Poor: the physical quality of life index. Desarrollo económico y cambio cultural, 30(4), 887-889. Obtenido de http://www.jstor.org/stable/3203123
Negri, A. (1994). El poder constituyente. Madrid: Libertarias.
Pallares, F. (Octubre- Diciembre de 1988). Las políticas públicas: El sistema Político en Acción. Revista de Estudios políticos (62), 141.
Peters, B. (1982). American Public Policy. Franklin wats pubs. Obtenido de http://cienciassociales.edu.uy/wp-content/uploads/sites/4/2013/archivos/Pallares,%20Francesc%20(1988).pdf
Picazzo, E. (2012). Acceso A La Salud, Equidad Y Sustentabilidad: Caso Aplicado Para El Estado De Nuevo León. México: Universidad Autónoma De Nuevo León.
Rawls, J. (1997). Teoría de la justicia. México: Fondo de cultura económica.
Rawls, J. (2000). Debate sobre el liberalismo político. Madrid: Paidos.
Roth, A.-N. (2006). Discurso sin compromiso: la política pública de derechos humanos en Colombia: antecedentes históricos de los derechos humanos, qué es una política pública, actitud del Estado colombiano. Bogotá: Aurora.
Rousseau, J. (2004). El Contrato Social. Valladolid: Maxtor.
Sartori, G. (1991). Democracia. Enciclopedia de las ciencias sociales, 117-151.
Sen, A. (1998). Las teorías del desarrollo a principios del siglo XXI. En L. E. otros, El desarrollo económico y social en los umbrales del siglo XXI. Washington, D.C.: Banco Interamericano de Desarrollo.
Sen, A. (2000). Desarrollo y Libertad. Barcelona: Planeta S.A.