El concepto de reparación colectiva en el marco de la justicia transicional

The Concept of Collective Redress in the Context of Transitional Justice

Contenido principal del artículo

Mary Cruz Ortega Hernandez
Rafaela Sayas Contreras

Resumen

El concepto de reparaciones colectivas, como categoría jurídica independiente de las reparaciones individuales, nace de la mano del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, con el fin de favorecer a las víctimas de violaciones de Derechos Humanos en el marco de las políticas públicas de los Estados nacionales. Esta nueva categoría en construcción interpela los elementos tradicionales de la teoría jurídica, en la medida en que desborda los límites de la reparación individual, en el marco de procesos que atienden violaciones contra pueblos y comunidades. En ese sentido, este trabajo da cuenta del desarrollo del concepto y sus alcances, visibilizándose sus complejidades y limitaciones para ofrecer una propuesta conceptual que integre todos sus elementos.

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Biografía del autor/a (VER)

Mary Cruz Ortega Hernandez, Universidad de Cartagena

Abogada de la Universidad de Cartagena, Magíster en Derechos Humanos Interculturalidad y Desarrollo, consultora en Derechos Humanos, miembro del Grupo de Investigación Conflicto y Sociedad de la Universidad de Cartagena, Categoría A Colciencias -

Rafaela Sayas Contreras, Universidad de Cartagena

Abogada, docente investigadora de la Universidad de Cartagena y consultora en Derechos Humanos, Magíster en Derecho por la Universidad Nacional de Colombia y PhD. En Sociología por la Universidad de Belgrano en Buenos Aires (Argentina). Directora del Grupo Conflicto y Sociedad de la Universidad de Cartagena. Categoría A Colciencias. 

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