Alcance constitucional del conflicto entre las comunidades indígenas y las fuerzas militares en Colombia

Constitutional Scope of the Conflict between Indigenous Communities and Military Forces in Colombia

Contenido principal del artículo

Delia Constanza Bechara Llanos

Resumen

El presente artículo pretende aproximar al lector al debate sobre los derechos fundamentales y las tensiones constitucionales del conflicto entre las comunidades indígenas de Colombia y las fuerzas armadas de este país. Es preciso indicar que la tesis que defenderemos a lo largo del presente documento, es la que determina que ni los derechos de las comunidades indígenas en su órbita de actuación ni los derechos institucionales y soberanos en cabeza de las fuerzas armadas nacionales puede ser vistos como derechos absolutos, y que el conflicto existente entre ambos puede ser conciliable a través de métodos de interpretación constitucional propios del Estado constitucional contemporáneo, como lo es el principio de proporcionalidad.

Palabras clave:

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Detalles del artículo

Biografía del autor/a (VER)

Delia Constanza Bechara Llanos, Universidad Libre

Abogada y Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Libre Sede Cartagena. Maestrando en Derecho Público Universidad del Norte. Asesora Jurídica de A.G.M. Desarrollos.

Referencias (VER)

CABRERA, L. (2011) “Efectos jurídicos del conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria penal y la jurisdicción Indígena un estudio en el resguardo de huellas, Norte del Cauca”. En: Justicia Juris, Vol. 7. Nº 2. Julio – Diciembre. pp. 93-106.

CARRILLO, Y. (2010) “Multiculturalismo diferencias y derechos de las minorías étnicas en la jurisprudencia constitucional colombiana”. Editorial Universidad Libre Sede Cartagena. Cartagena, Colombia.

OLSEN, V. (2008) “Marco legal para los Derechos de los pueblos indígenas en Colombia”. Editado por: Human Rights Everywhere & Organización Nacional Indígena de Colombia, Octubre. Bogotá, Colombia.

JURISPRUDENCIA CITADA

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-578 de 2002. Magistrado Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-1056 de 2004. Magistrada Ponente: Clara Inés Vargas Hernández.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-187 de 2006. Magistrada Ponente: Clara Inés Vargas Hernández.Corte Constitucional, Sentencia C- 587 de 1992. Magistrado Ponente: Ciro Angarita Barón.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-011 de 1992. Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-342 de 1994. Magistrados ponentes: Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia SU-510 de 1998. Magistrado ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-001 de 1994. Magistrado ponente: José Gregorio Hernández Galindo.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-380 de 1993. Magistrado ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-864 de 2008. Magistrado Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-151 de 2003. Magistrado ponente: Rodrigo Escobar Gil.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-601 de 2011. Magistrado ponente: Jorge Iván Palacio Palacio.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-002 de 2012. Magistrado ponente: Juan Carlos Henao Pérez.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-428 de 1992. Magistrado ponente: Ciro Angarita Barón.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia SU-510 de 1998. Magistrado Ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-282 de 2011. Magistrado Ponente: Luis Ernesto Vargas Silva.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-129 de 2011. Magistrado Ponente: Jorge Iván Palacio Palacio.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-009 de 2007. Magistrado Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa.

CORTE CONSTITUCIONAL, Auto 004 de 2009. Magistrado ponente: Manuel José Cepeda Espinosa.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-241 de 2010. Magistrado Ponente. Juan Carlos Henao Pérez.

CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia T-945 de 2001, Magistrado Ponente. Manuel José Cepeda Espinosa.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia, T-1091 de 2005. Magistrado Ponente. Clara Inéz Vargas Hernández.

CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-383 de 1999. Magistrado Ponente. Alfredo Beltrán Sierra.

REVISTA SEMANA. “Historia desconocida de los falsos positivos”. Entrevista a un ex soldado del ejército, 11 de junio de 2011.

NORMAS INTERNACIONALES

CONVENIO 169 DE 1989 DE LA OIT: Límite al derecho de los indígenas a la no vulneración de los derechos humanos o fundamentales y DIH.

DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS sobre los Derechos de las comunidades Indígenas, 29 de junio de 2006.

Citado por