Las relativas con pronombre reasuntivo tienen significado propio

Relative Clauses with Reasuntive Pronoun have their Own Meaning



Claudia Borzi¹
Conicet y UBA
ORCID: 0000-0002-7499-8729



Recibido: 15 de mayo de 2024
Aprobado: 20 de julio de 2024




Resumen

En el marco del Enfoque cognitivo-prototípico, se busca aportar evidencia a que en la prosecución de un objetivo comunicativo toda unidad morfológica o sintáctica está motivada por este y por la situación, y es significativa (Langacker, 1991:522). En el español de Buenos Aires conviven (1) para la escuela que LA van a poner en Olivos y (2) para la escuela que van a poner en Olivos. Al describir (1), los autores contemplaron el antecedente; distancia y material entre este y el relativo, entre relativo y hueco, entre relativo y morfema verbal; la distribución de la información, la función sintáctica del reasuntivo, y el subtipo de cláusula relativa. Sin embargo, no se mostró la diferencia de significado entre (1) y (2), no se especificó el objetivo comunicativo del hablante, no se priorizaron los contextos más salientes (Lakoff, 1987:115) ni se articularon entre sí. Este trabajo, muestra que (1) significa diferente de (2), y propone dos subtipos de relativas con pronombre reasuntivo, en un caso se persigue (re)construir el antecedente y en otro, ponerlo en valor; fomentando, en cada caso, movimientos cognitivos de interpretación diferentes.

Palabras clave: Cláusulas relativas; pronombre reasuntivo; significado; Enfoque Cognitivo-Prototípico; objetivo comunicativo

Abstract

Within the framework of the Cognitive-Prototypical Approach, the aim is to provide evidence that in the pursuit of a communicative goal every morphological or syntactic unit is motivated by this and the situation and is meaningful (Langacker, 1991:522). In Buenos Aires Spanish, (1) for the school that LA is going to put in Olivos and (2) for the school they are going to put in Olivos coexist. In describing (1), the authors considered the antecedent; distance and material between it and the relative, between relative and gap, between relative and verbal morpheme; the distribution of information; the syntactic function of the resumptive and the subtype of the relative clause. However, the difference in meaning between (1) and (2) was not shown, the speaker's communicative goal was not specified, the most salient contexts were not prioritized (Lakoff, 1987:115), nor were they articulated with each other. This paper shows that (1) means different from (2), and proposes two subtypes of relative with resumptive pronoun, in one case it is pursued to (re)construct the antecedent and in the other case, to put it in value; promoting, in each subtype, different cognitive movements of interpretation.

Key words: Relative clauses; resumptive pronoun; meaning; Cognitive-Prototypical Approach; communicative goal




1. Introducción²

En el marco del Enfoque cognitivo-prototípico (Lakoff, 1987 y Langacker, 1991), en el presente trabajo se busca aportar evidencia, en primer lugar, al presupuesto de que toda unidad morfológica o sintáctica es significativa (Langacker, 522)³ y, en segundo lugar, a que el objetivo comunicativo y la situación motivan los restantes aspectos del lenguaje (Langacker, 400). En esta oportunidad nos ocuparemos de cláusulas relativas que presentan un pronombre reasuntivo. En el español de Buenos Aires conviven expresiones como (1) y (2) en contextos semejantes

(1) para la escuela que LA van a poner en Olivos
(2) para la escuela que van a poner en Olivos

Los autores, desde distintos enfoques, describieron (1) como cláusula relativa con duplicación, copia o retención del pronombre, con pronombre pleonástico, reasuntivo o de retoma (Brucart, 1999; Bentivoglio, 2003; NGLE, 2009; Suárez Fernández, 2013 entre otros); y trataron características del antecedente, distancia y material entre este y el relativo, entre el relativo y el hueco, entre relativo y el morfema del verbo, la distribución de la información (negación y contraste), la función sintáctica del reasuntivo, y el subtipo de cláusula relativa. Sin embargo, la consideración de esos contextos no llevó a que se identificaran ni el significado que aporta el uso del reasuntivo frente a los casos en los que no está presente, ni se especificó el objetivo comunicativo perseguido por el hablante. Es decir que los contextos descriptos no fueron instrumento para aclarar la especificidad de significado de las cláusulas con reasuntivo y tampoco quedaron articulados entre sí. Por ejemplo, no se explicó qué diferencias aportan al significado los antecedentes indefinidos ni qué diferencias, los antecedentes definidos. Buscando reconsiderar estos problemas, el presente trabajo, se ocupa de casos con reasuntivo paciente en función objeto directo, función que, en la escala de accesibilidad de Keenan y Comrie (1977: 37), se ubica en una posición alta, la segunda tras el sujeto, en la escala de facilidad a dificultad de procesamiento y que resultaron dentro de la muestra ser los más frecuentes. Frente al planteo generalizado de que el antecedente se reproduce en la cláusula relativa, en trabajos anteriores se planteó que las relativas con reasuntivo reperfilaban o reconceptualizaban el antecedente (Borzi y Morano, 2009; Borzi, 2023). En este trabajo se busca especificar en qué consiste el reperfilamiento. Al discutir el significado, metodológicamente se comparan las relativas de reasuntivo con relativas que no lo presentan y luego se estudian las cláusulas con reasuntivo comparándolas consigo mismas. Se proponen dos contextos destinados a mostrar la información nueva de la relativa, y otro, a valorar el antecedente. Se propone, además, que uno y otro subtipo conllevan movimientos cognitivos de interpretación distintos.

Como los gramáticos buscaron asociar las cláusulas con reasuntivo a los subtipos de relativas, en el apartado 2 se caracterizan las cláusulas relativas haciendo especial foco en las especificativas y explicativas, y se reconsideran los antecedentes en relación con la descripción del fenómeno que se estudia. En el apartado 3 se muestra la diferencia de significado que aporta la inclusión de un reasuntivo en el mensaje y en los apartados 3.1 y 3.2. se describen y ejemplifican los dos subtipos identificados. Los ejemplos y resultados cuantitativos provienen de estudios propios anteriores sobre datos de la muestra de La Norma culta de Buenos Aires, publicada por la Universidad de Buenos Aires.


2. Cláusulas relativas y características del fenómeno del pronombre reasuntivo en español

En español, en las cláusulas relativas (adjetivas), se produce un fenómeno que los gramáticos han llamado cláusulas con “duplicación” o con “pronombre pleonástico o reasuntivo” (NGLE 2009, §44.9a-p), copia o retención del pronombre, con pronombre de retoma o de reanudación. Para tratar este fenómeno, se retoma brevemente la caracterización de estas cláusulas y se las describe en el marco de la gramática española.

La gramática tradicional y estructuralista clasificaban las cláusulas con pronombre relativo contemplando también la función sintáctica que estas cumplieran en la oración (constituían diferentes tipos las relativas adjetivas, sustantivas y adverbiales) y asignaban a las adjetivas la característica de modificar a un núcleo nominal sustantivo antecedente expreso. La Nueva gramática de la lengua española (NGLE) (2009) considera cláusulas relativas a todas aquellas construcciones que contienen un pronombre relativo (que, quien, cual, cuyo, donde, cuando, como o cuando) tengan o no expreso un antecedente. Se da por sentado que dicho antecedente se reproduce en la relativa. El presente trabajo se ocupa de relativas que tienen un antecedente sustantivo expreso, como en (2) la escuela que van a poner en Olivos, donde “que van a poner en Olivos” modifica semántica y sintácticamente a la manera de un adjetivo a su antecedente sustantivo, que se encuentra en el contexto sintáctico inmediato y concuerda en número y género con el relativo, cuando este flexiona en esas categorías como hace “la cual”. El relativo retoma anafóricamente el antecedente, porque el contenido léxico del antecedente se reproduce con el relativo en la cláusula incluida o subordinada, y antecedente y relativo designan el mismo objeto (NGLE 2009: §44.1c).

Diferencien o no las relativas a partir de su función sintáctica y de la explicitud o no de un antecedente nominal, los gramáticos reconocen distintos subtipos de cláusulas (adjetivas) de relativo. Coinciden en dos subtipos: especificativas (3) y explicativas, llamadas también apositivas o incidentales (4) ejemplificadas seguidamente:

(3) La casa tenía dos puertas que daban al parque.
(4) La casa tenía dos puertas, que daban al parque.

Brucart además identifica (como Contreras -1999) otros subgrupos, a saber, las predicativas, las enfáticas, las desencajadas; y Fernández Lagunilla y Anula Rebollo (1995) identifican finalmente las de infinitivo, gerundio y participio. NGLE (2009: §44.2) agrega las relativas preposicionales que reúnen tanto a sustantivas como adjetivas, a partir de la presencia de preposición.

Se hace necesario hacer hincapié en los dos principales subtipos que tratan los autores, porque, por ejemplo, Brucart y la NGLE asocian las relativas con reasuntivo a las explicativas. Fundamentalmente, se justifica la clasificación de los subtipos especificativas (2) y explicativas (3) porque se diferencian en su forma de significar. En (2) la especificativa restringe la denotación de su antecedente sustantivo¹⁰ en el sentido de que presupone en el universo de discurso la existencia de entidades de la misma clase que no cumplen con la restricción introducida por la relativa.¹¹ El antecedente es entonces el sustantivo y su determinante afecta a todo el nominal, incluida la relativa que funciona como un complemento restrictivo del nombre. Es decir que precisan la denotación del grupo nominal al igual que lo hacen el adjetivo o las construcciones preposicionales (NGLE 2009: §44.1n). Por su parte, en (3), la explicativa, no restrictiva, apositiva o incidental, agrega cierta información externa que completa la denotación del nominal antecedente (NGLE 2009: §44.1l). Es así, que a diferencia de las especificativas que toman como antecedente el sustantivo, las explicativas requieren un antecedente fijado extensionalmente, por lo que toman como tal todo el nominal, incluidos los determinantes y cuantificadores, por esto pueden tener pronombres personales y nombres propios como antecedentes (NGLE 2009: §44.5n).¹²

En esta oportunidad nos interesa especialmente la relación de la cláusula con el antecedente, porque este es el lugar semántico explícito, que está en foco en el mensaje y que permanece en la memoria corta del hablante y del interlocutor mientras se construye y percibe la relativa, y vamos a sostener que de la conceptualización del antecedente depende la decisión del hablante de usar o no un pronombre reasuntivo.

Recordemos a su vez que los gramáticos proyectan la diferenciación: adjetivo antepuesto/pospuesto (Bello, 1980) al análisis de las cláusulas relativas (adjetivas), asocian adjetivo antepuesto con cláusula adjetiva explicativa y adjetivo pospuesto con cláusula adjetiva especificativa. Implícitamente esperan la misma inmediatez posicional que muestran adjetivo y nombre, entre la cláusula y el antecedente. Coinciden en esta diferenciación Bello (1980), Gili Gaya (1955), Alcina Franch y Blecua (1975), Kovacci (1990/92), Alarcos Llorach (1994). Brucart (1999) asocia a su vez los adjetivos incidentales (que van acompañados de frase entonativa propia) con las adjetivas relativas explicativas.

Ahora bien, esta diferencia en la descripción semántica se ve también cuando ciertos autores acercan las relativas adjetivas explicativas a las adverbiales, como en Llevá a arreglar los trajes, que están rotos donde se puede interpretar una relación causal entre la relativa y la cláusula con “llevar” (Alcina Franch y Blecua y Brucart),¹³ y se habilita la interpretación de dos actos de habla diferentes, orden en la primera cláusula y justificación en la relativa.

La mayor parte de los autores, aunque reconocen diferencias semánticas importantes, analizan todas las relativas como cláusulas subordinadas a un núcleo nominal (antecedente) expreso o elíptico. Sin embargo, otros autores buscan reflejar en las relaciones sintácticas que asignan las diferencias semánticas descriptas. Así para Bello ([1847] 1980), hay subordinación en las especificativas y relación incidental o apositiva en las explicativas y Fernández Lagunilla y Anula Rebollo (1995) llegan a considerar independientes o coordinadas las explicativas. NGLE (2009: §44.10h-i) retoma la idea de la yuxtaposición cuando se refiere a las explicativas de sucesión de enumeraciones y paratácticas con “el cual”.

Además de las diferencias de significado mencionadas entre especificativas y explicativas, los autores tienen en cuenta otros aspectos que se resumen seguidamente. Se sostiene que: a) las explicativas presentan información adicional por lo que serían omisibles sin provocar cambio de sentido (o sin provocar cambio en los valores de verdad, agregan Fernández Lagunilla y Anula Rebollo 1995) mientras que las especificativas no se podrían omitir; b) las explicativas presentan un contorno prosódico específico ya que constituyen frase entonativa, mientras que las especificativas no están separadas de su antecedente por pausa; c) las especificativas se acumulan con un solo núcleo como en Ana es la única mujer con la que he estado con la que volvería”; d) en cuanto al antecedente, sólo las explicativas admiten nombre propio, pronombre personal u oración,¹⁴ mientras que las especificativas admiten antecedente inespecífico como en No ha venido ningún inspector que haya…; e) En relación con los modos verbales, muestran una distribución particular, las especificativas admiten tanto modo indicativo como subjuntivo, mientras que las explicativas, indicativo (Alarcos Llorach 1994 omite esta distinción); f) en cuanto a la modalidad, sostiene Grésillon (1975) que las cláusulas relativas explicativas son aserciones -actos de habla independientes- y admiten modificadores de modalidad; g) respecto de los relativos, también hay una selección de relativos diferente, por ejemplo, las especificativas sin preposición -Rivero 1991- rechazan:quien y cual; h) lo previamente dicho lleva a que se proponga distinta funcionalidad de la forma que o pertenencia de la forma a distintas clases de palabras según en qué subtipo intervenga. Para Bello (1980) en las especificativas hay un que relativo, mientras que en las explicativas el que es un demostrativo; mientras tanto, para Rivero (1991) el que de las especificativas es una conjunción o complementante;¹⁵ i) en cuanto a los posesivos, las especificativas no aceptan posesivos prenominales (*Su libro con el que estudiamos),¹⁶aunque los autores ofrecen contraejemplos como su hijo que vive en Alemania, que Brucart explica diciendo que hay carácter redundante; nosotros entendemos que significa a la manera de las especificativas y que hay más de un hijo en el universo de discurso; j) se señala además la imposibilidad de cuantificar la relativa si esta es especificativa (*Los periodistas que eran solo cuatro, aunque sería aceptable Los periodistas, que eran solo 4, entraron) (NGLE 2009: §44.5j); y k) en cuanto a la distribución de la información, se dice que las especificativas pueden ser temáticas o remáticas según lo sea el grupo nominal al que pertenecen (NGLE 2009: §44.10a-b) y que las explicativas, por ser incisos pueden contener “algún otro elemento de carácter remático” (NGLE 2009: §44.10d),¹⁷ esta característica entra en contradicción con la asociación de las explicativas con los adjetivos epítetos y con la idea de que serían omisibles, criterios que están siempre en el trasfondo de las apreciaciones de los gramáticos que diferencian las adjetivas de otras construcciones con relativos.

Sobre la base de estos conceptos, y partiendo de (2) para la escuela que van a poner en Olivos, NGLE trata relativas semejantes a (1) para la escuela que la van a poner en Olivos, donde se agrega un “pronombre pleonástico o reasuntivo”, “la” en este caso, descripto también como una “duplicación pronominal del antecedente” (NGLE 2009: §44.9f), “la escuela”/ “que”/ “la”.¹⁸ Respecto del pronombre personal objetivo átono reasuntivo comprometido en (1), Brucart (1999: §7.1.2)¹⁹ fluctúa al considerarlo un pronombre pleonástico y, en otros momentos, reasuntivo, denominación que lleva a entender que esa forma reanuda, retoma el antecedente.²⁰ Verlo como reasuntivo lleva hacia quienes interpretan que hay una despronominalización de la forma relativa “que”, la cual conservaría en estos casos una sola función, la de ser solamente un subordinante dejando que el pronombre reasuntivo que manifiesta caso, marque la función (género y número) comprometida con el verbo de la cláusula.

Los resultados del presente trabajo discuten esta despronominalización, aunque se sigue denominándolo “relativo” a la espera de pruebas empíricas de que para los hablantes tiene en algún contexto la fuerza anafórica esperada que su morfología no pone en evidencia. En el marco de esta investigación, se realizó una prueba²¹ a 30 estudiantes universitarios de la carrera de Letras de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, con el objetivo de contar con elementos empíricos que sostuvieran la expectativa de los gramáticos de que las formas relativas dan una instrucción de búsqueda anafórica del antecedente y que los hablantes respetan el pedido y buscan. Los resultados son muy interesantes, sobre 148 respuestas hubo un 25,68% de casos en los que los encuestados consideraron que la forma “que” no tenía ningún significado, un porcentaje importante. ²²

Refiriéndonos ahora a los factores que los autores mencionan cuando describen las relativas con reasuntivo, Brucart (1999) los resume en los siguientes: a. distancia entre el relativo y el hueco de la función representada por él (“El atracador, a quien algunos testigos aseguran haber visto [hueco] por la zona anteriormente, entró en el banco”); b. elementos que incrementan la distancia. El autor tiene en cuenta los siguientes tres fenómenos: presencia de pronombres interrogativos y exclamativos (“el hombre que no sabes cuándo lo viste”); presencia de completiva ( “un chico que hemos excluido la posibilidad de admitirlo”) y presencia de operadores genéricos ( “un libro que quien lo compra lo lee con gusto”); c. un contexto sintáctico específico: el de las relativas explicativas (“he descubierto a Javier Gurruchaga, que nadie lo quería”); d. despronominalización del relativo y e. la indeterminación del sintagma nominal antecedente. Queda aquí planteada la contradicción que este trabajo vendría a solucionar, si el contexto específico es el de las relativas explicativas, y como se dijo, estas tienen antecedentes determinados, no se puede esperar la indeterminación del antecedente que todos los autores enuncian y Borzi y Morano (2009) y Borzi (2018) confirman cuantitativamente.²³

Borzi y Morano (2009) y Borzi (2018) agregan dos factores no contemplados por otros autores y redefinen uno de ellos. Por un lado, contemplan la distancia entre el antecedente y el relativo, redefinen la distancia hacia la derecha, porque miden distancia desde el relativo hacia el verbo. Algo que se justifica porque se centran en el significado del morfema verbal y en sus participantes. Por otro lado, incorporan un aspecto de gran influencia, no tratado por otros autores: la distribución de la información. Las relativas de reasuntivo acarrean, típicamente, información nueva e importante para el mensaje. Coherente con este tipo de información, presentan negación,²⁴ contextos donde hay contraste léxico o discursivo²⁵ y rehúyen información redundante, por ejemplo, el uso de “tener” en mensajes afirmativos con significado posesivo.²⁶

En consonancia con estos contextos, Brucart destaca en línea con Trujillo (1990), que el reasuntivo muestra la información morfológica y sintáctica que no muestra el relativo. La NGLE (2009: §44.9n-ñ) coincide en estos factores, asociando las relativas con reasuntivo con las explicativas, especialmente por el carácter incidental de ambas. Cuando el antecedente es una cláusula, cita ejemplos que es difícil considerar equiparables a los que tratamos en el presente trabajo, porque no hay un valor adjetival asignado a un sustantivo antecedente y la consecuencia es que sin la presencia del pronombre objeto, se vuelven inaceptables (“si así fuese, que lo veo probable, recibe mi fraternidad”, y “*si así fuese, que [0] veo probable).²⁷ Por su parte, Suárez Fernández (2013: 66) propone que la aportación del reasuntivo es “saturar o indicar” una posición funcional de la relativa de manera que la cláusula presenta una organización similar a la de una cláusula no relativa. Este concepto se acerca, por un lado, a la oracionalización que Borzi y Morano (2009) plantearon oportunamente, aunque, como se mostrará en el presente trabajo, esa aportación no está presente en todos los casos con reasuntivo. También Cerrón-Palomino López (2006) considera como objetivo presentar una estructura argumental completa que facilita el procesamiento, y desecha la intención de recuperar el antecedente. El presente trabajo considera que ambos objetivos conviven en las cláusulas con reasuntivo que llevan a la oracionalización.

Por otro lado, la NGLE (2009: §44.1x) justifica la presencia del reasuntivo, en el registro y por causa dialectológica. Lo restringe primero a las cláusulas con relativos en función objeto directo (aunque da ejemplos en función sujeto: “Hay una muchacha que ella es muy buena persona” -§44.9j; objeto indirecto, “tenemos un gobierno que no le interesa la gente”; término de preposición “una persona que de repente me encontré muy desamparada sin ella” §44.9k) y, finalmente, lo justifica diciendo que el responsable del reasuntivo es el “que” relativo que se ha despronominalizado (adhiriendo así a una propuesta ya sostenida, por ejemplo, por Alcina Franch y Blecua (1975)).

Retomar las justificaciones de otros autores es importante para este trabajo, porque, justamente, aquí se busca argumentar a favor de que la causa de uso del reasuntivo es manifestar un significado diferente en comparación con los casos en los que no se lo usa y atender a los distintos objetivos que se persiguen cuando el hablante decide incluir un pronombre reasuntivo. Dialoguemos entonces con cada argumento. NGLE considera que el uso del reasuntivo no es propio de registros formales, ni cuidados, sino de la oralidad “de muchos países hispanohablantes” (entre los que no sabemos si está incluida España).²⁸ La NGLE, desde una visión normativa, censura su uso. Brucart (1999: §7.1.2) se había alejado de una postura normativa, y llegó a decir que cuando hay distancia entre el antecedente y el verbo la presencia del reasuntivo “garantiza” la aceptabilidad (1999: 408). Como veremos, el cuerpo de datos sobre el que descansa el presente trabajo es la Norma culta de la ciudad de Buenos Aires, y los usos con reasuntivo son numerosos. Esto permite desechar la posibilidad de que su uso dependa de la educación del entrevistado. Ocurre también en la muestra analizada que un mismo hablante elige a veces una relativa con el reasuntivo y otras veces una relativa sin dicho pronombre, lo que prueba que el uso del reasuntivo no responde a un idiolecto, sino, por el contrario, que ese hablante percibe una diferencia de significado que justifica que a veces elija usar un reasuntivo y, en otros casos, no usarlo (Cf. García 1985 sobre las ventajas de seleccionar una muestra en la que el mismo hablante usa las dos variantes bajo estudio).

Pero más allá del registro y de la oralidad, la NGLE justifica la presencia de este pronombre por una particular tendencia de orden dialectal (NGLE 2009: §44.1w-x), característica del Río de la Plata (así como de Centro América, las Antillas y el área andina),²⁹ regiones donde, en la oración simple, se tiende a duplicar con un pronombre clítico el objeto directo no pronominal como en: “Y así fue como la conocí a Esperancita”; “Lo adoraba a su perro; La culpa la tiene ella, como una tendencia que se trasladaría a la duplicación con reasuntivo con un relativo generalmente en función objeto directo.³⁰

Interesan al respecto los resultados de Silva Corvalán (1980/81), porque no adhiere a la idea de que se trate de un fenómeno redundante ni de un uso menos cuidado, su estudio es empírico, y, porque concluye que la duplicación está asociada a la presencia de un determinante y al rasgo [+definido], especialmente cuando el objeto directo es pre-verbal como en “La culpa la tiene ella”, caso que nos interesa porque repite la posición sintáctica del antecedente sustantivo en relación con el pronombre reasuntivo en las cláusulas bajo estudio. Como se demostrará luego, los antecedentes de las relativas con reasuntivo (que están ubicados antes del verbo de la relativa) son preferentemente indefinidos o indeterminados (y en esto coinciden también Brucart y la NGLE). Es decir que, mal puede causar el uso del reasuntivo la tendencia hispanoamericana a la duplicación, porque esa tendencia se da cuando el designado es definido. Por su parte, Suárez Fernández (2013) considera que es un fenómeno panhispánico con dispar frecuencia de uso y de función sintáctica del reasuntivo, aunque con preferencia en la función objeto directo.

Descartados los argumentos de registro y dialectológicos, veamos que la NGLE (2009: §44.1x), como había sugerido Brucart, también justifica la presencia del reasuntivo como consecuencia de que el relativo “que” deja de ser tal y hace de conjunción subordinante, perdiendo las capacidades de retomar semánticamente un antecedente y de cumplir función sintáctica en la relativa, razón por la cual “para suplirlos se añade […] otro pronombre que cubra ese hueco”. Brucart había adherido, en un sentido, a la despronominalización del que, en tanto la invariabilidad morfológica del “que” justificaría el uso de otro pronombre (el reasuntivo) que sí marcara género, número y caso. Al margen de estas explicaciones, en el resto de su capítulo del 1999, Brucart sigue considerando relativo al “que”, lo que mostraría o que no está muy convencido o que, como coincidimos, faltan elementos para cambiarlo de clase de palabra a un complementante o mero subordinante.

A su vez, la explicación de NGLE no aclara por qué el relativo “que”, pierde parte de las tres funciones que les asigna a los relativos, ³¹ Es decir, por qué sería una especie de primer motor inmóvil que al perder su poder pronominal quedara meramente como una conjunción subordinante y provocara la aparición del reasuntivo. Y a esta ausencia de aclaración se suman los ejemplos de la NGLE (2009: 44.9j) donde se registran reasuntivos, pero con un relativo que flexiona en género y número. Se trata de los siguientes ejemplos (NGLE, 2009: 44.9j): “chiquillas a las cuales las han detenido” y “la democracia a la cual suele mentársela como ejemplo, la de los Estados Unidos”. En estos casos, el hecho de que figure el relativo “el/la(s) cual(es)”, que flexiona en género y número, constituye una prueba en contra de pensar que el hablante busca la despronominalización del pronombre.

Al margen de las razones expuestas, los gramáticos ofrecen características contextuales que coexisten con este reasuntivo (NGLE §44.9a).³² Una de ellas es la distancia entre el relativo y el hueco donde iría el pronombre, provocada por la presencia de cláusulas completas como en “el burrito rucio de Óscar (que lo heredó Francisco)” o de incisos parentéticos como “por cierto”; “no creo que” (NGLE 2009: 44.9e-h). Borzi y Morano (2009) contemplan otra distancia que también favorece el uso del reasuntivo, la existente entre el antecedente y el relativo que se espera que lo retome anafóricamente, y redefinen la distancia entre el relativo y el hueco porque contemplan el antecedente, el relativo (sin marca morfológica) y el significado del morfema verbal y no la posición del pronombre objeto, porque es el contenido de los dos morfemas (el del antecedente y el verbal) los que activan el sistema de conocimiento, porque se entiende que es la expresión compuesta completa la que permite evocar significado.³³ Priorizan la importancia de la presencia semántica del antecedente en la mente de los interlocutores a medida que avanza el mensaje. Diessel y Tomasello (2005), tratando la adquisición de relativas en niños, se apoyan en la misma idea al adherir a que las relativas con relativo en función sujeto son más fáciles de procesar que las relativas con relativo en función de objeto, porque en las primeras el antecedente debe permanecer menos tiempo en la memoria corta.³⁴

Otros fenómenos que favorecen el reasuntivo, tratados por los autores, (NGLE 2009: 44.9n, ñ) son la indefinición del antecedente, especialmente cuando se lo toma como tipo, que queda caracterizado con los rasgos que aporta la relativa; y el contexto de las relativas explicativas o incidentales que manifiestan mayor independencia, dando a entender que la independencia coexiste con el uso del reasuntivo. Suárez Fernández también sostiene que el reasuntivo se da más en cláusulas explicativas. Funda su afirmación en un criterio de autoridad, Gómez Torrego (2006) lo considera correcto en este contexto. Silva Corvalán (1999) sobre el español de Chile encuentra alta frecuencia de antecedente con nombre propio, algo consistente con que se trate el contexto de reasuntivo como propio de explicativas. Suárez Fernández al decir, aunque sin cuantificación, que cuando se da en especificativas, el antecedente es indefinido, está advirtiendo la contradicción que ya mencionamos y soluciona el problema cambiando de grupo a las de reasuntivas.

De manera que los autores ven las cláusulas de reasuntivo a veces como explicativas y otras veces como especificativas, aunque no lleguen a explicar cómo opera el significado de la cláusula con reasuntivo en uno y otro caso, porque los argumentos aluden a características del contexto sin llegar a conectarlo con el sentido. En realidad, estos planteos de los autores son importantes porque el presente trabajo se centra en mostrar que el uso del reasuntivo es el resultado de la elección de un hablante que quiere manifestar significados específicos.

Resumiendo, los gramáticos describieron una serie de características de la oración que acompañan al pronombre reasuntivo, indefinición del antecedente, distancia entre el relativo y su verbo,³⁵ cláusula incidental, despronominalización del relativo, refiriéndose solamente a “que”, aunque también registran reasuntivos con “el/los… cual/es” que por su flexión podemos decir que no está despronominalizado. Lo que no encontramos es una explicación que conecte de manera coherente todos estos fenómenos entre sí, más allá de una justificación dialectal que no descansa en un estudio empírico cuantitativo.³⁶ El presente trabajo muestra las diferencias de significado cuando se usa el reasuntivo y articula los aspectos mencionados.


3. El aporte del reasuntivo al significado del mensaje. La diferencia de significado

Como dijimos previamente, los autores, desde distintos enfoques, describieron (1) desde una visión anafórica, como cláusula relativa con duplicación del relativo, copia o retención del pronombre (sin articulación con la posible despronominalización del “que”), con pronombre reasuntivo, de retoma o de reanudación.

(1) para la escuela que la van a poner en Olivos

Se trataron características del antecedente, distancia y material entre este y el relativo, entre el relativo y el hueco, entre relativo y el morfema del verbo, la distribución de la información (negación y contraste), la función sintáctica del reasuntivo, y el subtipo de cláusula relativa. Incluso se vio la despronominalización del “que” como causa de la presencia de reasuntivo. Sin embargo, no se describieron ni el aporte significativo constante del reasuntivo ni su aporte al logro del objetivo comunicativo. Tampoco se advirtieron las contradicciones que surgían de afirmar, por un lado, que se usaba reasuntivo cuando los antecedentes eran indefinidos, y que Silva Corvalán encontrara lo opuesto, que un número importante de antecedentes presentaban sustantivos propios. Tampoco se conectó esto con la inclusión de las cláusulas con reasuntivo entre las explicativas o entre las especificativas.


3.1. El significado que aporta el reasuntivo: cierra el conjunto del designado del antecedente

Siendo que el fenómeno marcado es la presencia del pronombre reasuntivo, en primer lugar, corresponde demostrar que hay diferencia de significado según si está o no presente. Como dijimos, a partir del Enfoque Cognitivo, se espera que todo uso sea significativo y se sostiene que el signo opera siempre con todos sus atributos pragmático-semánticos y morfosintácticos, aunque en cada uso haya uno o más atributos más salientes que otros o distinta influencia de los contextos (Lakoff, 1987: 115).³⁷ Partamos de comparar (5) con (6):

(5) las prácticas que las hice en el [colegio Bartolomé] Mitre recibieron nota 10. (Tomo I: p. 188)
(6) las prácticas que hice en el [colegio Bartolomé] Mitre recibieron nota 10.

En (6) puede haber otras prácticas de enseñanza, incluso en otros colegios diferentes del colegio Mitre. En (5), al usar el reasuntivo, el hablante está diciendo que hay solamente un conjunto de prácticas de enseñanza y que todas ellas fueron llevadas a cabo en el colegio Mitre. La presencia del reasuntivo cierra el universo de objetos designado por el antecedente.

Esta interpretación se fomenta tanto cuando el contexto es indefinido como definido o con designado único. En (7), el antecedente es indeterminado, tenemos un artículo indefinido y una construcción “especie de” que indica que la cosa designada es muy semejante a lo que ese nombre designa (palanca), sustantivo núcleo del antecedente. El reasuntivo activa una interpretación precisa, se trata estrictamente de una palanca, y no de algo que se le asemeja

(7) Además como eran esquís eh… automáticos, tienen una especie de palanca con resorte muy fuerte; hay que hacer mucha fuerza--- que hay que bajarla--- entonces al bajarla apreta [SIC] el… el zapato--- justo (Tomo I: p. 79)

Cuando el antecedente está definido se abren posibilidades interpretativas semejantes: La luna es un designado único en el conocimiento compartido, y ese significado se refuerza en (8), mientras que en (8’) puede haber otras lunas.

(8) La luna que no la había visto ya iluminaba…
(8’) La luna que no había visto…

En (9) la informante habla de los transportes en general (“esos”, “auto”, “furgón”) y recién con el reasuntivo se refiere al transporte específico que tenía quien la llevó a la montaña. Sin el reasuntivo podría haber habido otros transportes (no preparados con asientos) en el universo del mensaje.

(9) pero viste esos que son… eh… no… el… el auto sino la… el furgón y que lo tienen preparado con asientos, ¿no?, como hay algunos acá…eh… para llevar los chicos al colegio a veces (Tomo I: p. 71)

Se ve así que el contraste con reasuntivo versus sin reasuntivo da por resultado una diferencia semántica que también se percibe al comparar cláusulas típicas explicativas con especificativas. La presencia del reasuntivo favorece una interpretación comparable a la que favorecen las explicativas: al llegar a la relativa, la o las entidades focalizadas por el nominal antecedente son las únicas que hay en el universo de ese mensaje, se precisa la denotación. Por el contrario, la ausencia del reasuntivo favorece una lectura en la que queda abierta la posibilidad de que haya otros designados semejantes que no están siendo focalizados (NGLE 2009: §44.5b). En este sentido decimos que el reasuntivo “cierra el conjunto”, el designado del antecedente no compite en ese mensaje, con otros posibles designados semejantes, como sí ocurre en “(4) la casa tenía dos puertas que daban al patio” designado antecedente “puertas” que compite con otras posibles puertas que no daban al patio. Lo dicho muestra que el reasuntivo aporta información nueva al mensaje porque cierra el conjunto del designado del antecedente.

Pasemos ahora a la comparación de casos con resuntivo entre sí. En trabajos anteriores Borzi (2023), explicó el objetivo comunicativo del uso de reasuntivo de manera general, diciendo que se perseguía reconceptualizar el antecedente, en este trabajo se reflexiona acerca de ese objetivo comunicativo y se lo particulariza identificando dos formas distintas de reconceptualización, que, entre otros fenómenos contextuales, dependen del grado de identificación del antecedente.


3.2. Antecedente indeterminado. El reasuntivo muestra la información nueva y se oracionaliza la cláusula

Cuando el antecedente está indeterminado, es indefinido o está conceptualizado en la generalización propia de un plural, el enunciador lo precisa a medida que avanza el discurso y en ese proceso agrega información nueva que es justamente lo que desea destacar. Coherentemente con este objetivo, encontramos en la cláusula negaciones y contrastes. En los casos en los que el enunciador reformula más el antecedente trata de independizar la cláusula relativa del antecedente y opera reorganizando la información según la distribución propia de una oración independiente: de información más conocida a más nueva. Se identifica entonces una característica inesperada para una cláusula relativa, el sujeto ocupa la posición preverbal (Borzi 2015a y 2015b), a diferencia de lo que se espera que ocurra en las relativas, que el sujeto expreso esté pospuesto al verbo.³⁸Al final se ubica la información más nueva que queda así destacada y ordenada en la posición esperada en una oración independiente.

En (10) encontramos un antecedente indeterminado (“un panorama”) que se reconceptualiza en la relativa. Allí tenemos sujeto antepuesto subrayado en el ejemplo (“yo”) y negación.

(10) Un panorama bastante interesante que yo por mi vida no lo podría lograr (Tomo I: p. 32)

En (11) hay contraste, coherente con información nueva, se presenta “uno” en oposición a los vestidos de R que muestran en televisión y antecedente plural en un nominal desnudo, ya sea que se interprete que el antecedente es “vestidos” o que se interprete que es “bordados”

(11) A: Pero ahí en televisión sacan vestidos R muy bonito, ¿eh?
B: ¿Sí?
A: Sí, claro que muy paquetes con… con bordados y qué sé yo, que uno no se lo va a hacer.
(Tomo II: p. 359)

En (12), se ve claramente cómo se va conceptualizando el designado del antecedente, se acumula un modificador preposicional con “de la Acción…” y luego la relativa, en la que el sujeto está también antepuesto al verbo.

(12) tenía referencias directas… de una chica católica, de la Acción Católica de toda la vida que yo la conocí en la facultad. (Tomo I: p. 15)

En (13) encontramos en el antecedente el adjetivo indefinido “tal”, que indica que es poco conocido el designado del sustantivo para hablante e interlocutores. Este, además, acompaña un pro-sustantivo, “cosa”, que designa vagamente una entidad que el interlocutor tiene que conceptualizar a partir del contexto “artículo (científico)”. Se advierte además sujeto expreso antepuesto al verbo y negación, consistente con información nueva.

(13) Este artículo y tal cosa que nadie la tiene (Tomo II: p. 36)

  Como se dijo, esta intención de presentación de información nueva es propicia para que el enunciador busque oracionalizar la relativa. En el contexto discursivo, se testimonian otros fenómenos que se ejemplifican a continuación.
  En (14) se diluye la función del “que” como forma anafórica que remite hacia el antecedente, lo que se puede probar si se intenta reponer el sustantivo antecedente en la cláusula (*yo comento cosa en…).

(14) Inf.: -[...] cosa que yo la comento en uno de mis libros. (Tomo II: p. 504).

En (15) encontramos pausas previas a la relativa, que en otros casos aparecen después del “que”. Se evidencia así el tiempo cognitivo de (re)construcción del antecedente.

(15) B: …una muchacha regia… bien… fina…
A: Mm
B: que vos la ves en la calle y decís: “Bueno, puede ser de la Acción Católica del Socorro”
(Tomo II: p. 146)

En (16) el antecedente indeterminado está en plural antecedido por un adjetivo indefinido “algunas”.

(16) Tengo algunas amistades que las sigo manteniendo porque la amistad (Tomo I: p. 27)

En (17) se efectiviza la independencia de la cláusula tras una juntura final en una oración con figura tonal propia: “No la tiene jamás”

(17) E: una cierta holgura económica que no tiene el intelectual acá.
Inf: No, que no la tiene. No la tiene jamás.
(Tomo II: p. 521).

En todos los casos, el reasuntivo aporta explicitud, porque, a diferencia del relativo “que”, flexiona en caso, género y número, y contribuye así a la despronominalización del relativo. Se advierte que, en esa construcción de la idea, el hablante, a veces, elige un género diferente, o un número diferente, lo que va en la línea de lo que estamos proponiendo. En (18), por ejemplo, en lugar de “la”’ retomando “serie” o a lo sumo “las”, para retomar “cosas”, el enunciador opta por una forma neutra, “lo”, despegando del antecedente.

(18) Y así una serie de cosas que uno lo va difiriendo, ¿no? (Tomo I: p. 16)

En (19) el enunciador opta por un reasuntivo femenino “la” en lugar del masculino plural esperado ante el antecedente “dos años”.

(19) Hace… hace dos años que estamos perdiéndola para discutir Chomsky, y este artículo… (Tomo II: p.36)

Entonces, cuando el antecedente es nuevo, no pertenece al universo del discurso y no está identificado, el hablante emplea la relativa para construir la conceptualización del designado de dicho antecedente. La cláusula relativa se oracionaliza, su sujeto, cuando está expreso, ocupa la posición preverbal y su contenido recorta el designado contra el fondo. Se vuelve así necesario marcar el género y el número del antecedente retomándolo por medio de un pronombre reasuntivo que manifiesta justamente esas categorías y el caso. Se favorece en los usos de este subtipo un movimiento cognitivo de interpretación,³⁹ diferente: desde el antecedente en la linealidad hacia el discurso –de izquierda a derecha-. Y se busca, en la relativa, reconstruir el orden normal de una oración independiente con el sujeto antepuesto al verbo (SV). Esta idea se esquematiza en la Figura 1 siguiente:


3.3. Antecedente determinado. El reasuntivo destaca el antecedente en un contexto valorativo subjetivo. No se oracionaliza la cláusula

El segundo subtipo de contextos propicios para un pronombre reasuntivo que diferenciamos en este trabajo es cuando prevalece un antecedente conocido, identificado y/o determinado, y entonces, el reperfilamiento persigue el objetivo comunicativo de ponerlo en valor. Los antecedentes presentan artículos definidos, nominales que incluyen adjetivos tales como “único”, “último” o sustantivos propios y las relativas aportan elementos apreciativos léxicos y gramaticales.

En (20) el antecedente muestra artículo definido y un adjetivo, y las dos relativas no solo tienen reasuntivo, sino también dativos de interés manifestados en la 3era persona “se”.

(20) la crónica auténtica porque se le… que no se la publicaron--- y se la publicó S en M. después, ¿no? (Tomo II: p. 140)

En (21) no solamente tenemos el adjetivo “única” sino que contamos también con otra cláusula relativa previa que determina todavía más el antecedente:

(21) es la única manifestación artí... así artística que… que llega a gustarme y que puedo estar veinte horas escuchándola (Tomo I: p. 25)

En (22) el antecedente es un lugar geográfico conocido, designado con un sustantivo propio “Burdeos” y las relativas describen el sitio que es el tópico discursivo destacando aquellos atributos (lluvia, palos de teléfono) del punto de vista del enunciador.

(22) La única ciudad que yo realmente recuerdo algo es Burdeos que lo asocio a lluvias, a muchos--- palos de teléfono--- [Tomo I: p. 196].

En (23) el antecedente es un pronombre personal nominativo que retoma un participante conocido dentro del fragmento y la relativa valora positivamente con un adverbio de cantidad (“mucho”) ese antecedente, y sigue una valoración positiva en el adjetivo “gran”.

(23) tampoco quiero quedar frente a ella que la quiero mucho y es una gran muchacha (Tomo II: p. 506)

En otras oportunidades, el enunciador usa caracterizaciones para destacar el designado del antecedente partiendo de otros lexemas que designan cargos o rasgos socialmente estimados como en (24) con la mención del Presidente de la República; o presenta entornos discursivos donde se acumulan cualidades que aportan a la valoración del antecedente como en (25), donde el hablante se refiere positivamente a la buena situación económica de su hija, marco en el que el antecedente “la casa donde viven” se destaca porque no es alquilada, como ocurría generalmente en los Estados Unidos de Norteamérica sino que la habían comprado, y esa información ya volcada previamente, la repite en la relativa con reasuntivo.

(24) Directora de una revista de México, y otra de una sociedad, que las recibió el Presidente de la República. Eran escritoras, dos escritoras mejicanas. (Tomo II: p. 505)

(25) Ellos tienen, fijesé… se han comprado la casa de allá, el otro día me escribieron. La casa que se mudaron de la que yo conocía--- se la han comprado. (Tomo II: p. 520).

Encontramos también casos intermedios como (26), en los que se busca valorar el antecedente, en donde el antecedente inmediato está conceptualizado con un determinante indefinido, pero el marco es una cláusula escindida y el antecedente mediato está determinado. El entorno es de realce y destaca el adjetivo valorativo “estupendo”.

(26) la gente Washington es una gente que uno la nota con un estupendo espíritu (Tomo I: p. 233).

A diferencia de los casos en los que el enunciador va construyendo el antecedente, cuando se persigue como objetivo principal ponerlo en valor dentro del discurso, la relativa propone un movimiento cognitivo de interpretación de vuelta hacia el antecedente, hacia la izquierda en el discurso, como se representa en la Figura 2. La relativa acarrea preferentemente información nueva y no hay oracionalización. También aquí, el reasuntivo repite el designado, aporta explicitud y da una orden precisa de búsqueda, porque, a diferencia del relativo “que”, flexiona en caso, género y número.


4. Las relativas con reasuntivo ¿especificativas o explicativas?

Como se dijo previamente, ciertos autores asocian las relativas con reasuntivo con las relativas explicativas y otros con las especificativas. Retomamos brevemente este punto sin intención de cuestionar la división en sí, lo que exceden en mucho este trabajo sino solamente para mostrar algunos problemas que surgen si se quiere asignar las relativas con reasuntivo a alguno de los dos subtipos. Por un lado, se espera que las explicativas sean epítetas, omisibles y con antecedente determinado, mientras que cuantitativamente en las de reasuntivo prevalecen la información nueva y los antecedentes indefinidos como por ejemplo en (27), lo que las alejaría de las explicativas.

(27) Inf.: -[...] los monumentos en Europa tienen una dimensión que en la Argentina la conocemos poco, que es la de estar, no ser la cosa fría que se exhibe en un museo sino que est --- atornillado a todo el proceso histórico (Tomo I: p. 49)

Por otro lado, las especificativas pueden tener antecedente indeterminado, subjuntivo y valoración. Este atributo es asignado por la NGLE a las especificativas (2009: 44.5d), aunque hace luego un comentario, en el §44.6b, en el que considera que las que aportan una valoración no son “propiamente restrictivas”.⁴⁰ De un modo u otro, como se dijo, estas características las muestran las cláusulas con reasuntivo. La mayor parte de las reasuntivas presentan antecedente indeterminado, acercándose así a las especificativas, pero la valoración es un atributo que convive con los antecedentes determinados especialmente, como en (28)

(28) Inf. A: Esta chica--- que nos ha traído el grabador, es hermana de María Victoria--- que vos me la has oído nombrar mucho Inf. B: ¡Cómo no! (Tomo II: p. 381)

Y si bien prevalece claramente el modo indicativo, se registró en esta muestra también el subjuntivo en (29) a la manera de las especificativas:

(29) cosas que sean interesantes… y que la gente las entienda (Tomo II: p. 280)

A su vez, las de reasuntivo admiten modificadores de modalidad (“yo creo que”), como se predice para las explicativas, el significado que aporta el reasuntivo cierra el conjunto del antecedente a la manera de las explicativas y se combinan con “ambos”, una característica que también se atribuye a las explicativas (NGLE 2009: 44.5ñ) como en (30)

(30) encontraron a ambos relojes, que se los habían robado poco antes.

Como se resumió previamente, se ve que en ciertos casos las cláusulas de reasuntivo muestran propiedades que se asignaron a las explicativas y en otros casos características que se asignaron a las especificativas, es decir que comparten atributos con unas y otras; resultado que, por un lado, aporta evidencia al presupuesto de una categorización no necesariamente discreta ni binaria que sostiene el Enfoque cognitivo-prototípico (Lakoff 1987: 288-289),⁴¹ y, por otro, agrega un argumento a quienes han criticado previamente esa división tajante entre especificativas y explicativas.⁴²


5. Conclusiones

Como se trató de mostrar, los estudios previos no describieron el aporte de significado diferente de las cláusulas con reasuntivo en oposición a las relativas sin reasuntivo, ni identificaron dentro de las cláusulas con reasuntivo los dos subtipos que diferencia el presente trabajo. A su vez, no correlacionaron entre sí los contextos que describieron. Coherentemente con esto, por ejemplo, los gramáticos que consideraron la oracionalización (Cerrón-Palomino López y Suárez Fernández) no advirtieron que no todas las cláusulas con reasuntivo la fomentan, es decir que generalizaron un objetivo comunicativo a todos los usos. Y, en la misma línea, trataron los atributos que identificaron ya fueran externos como internos a la cláusula relativa, es decir, asignaron esos atributos a todos los casos, entrando incluso en contradicciones. A saber, los rasgos valorativos o ponderativos (Suárez Fernández 2013: 14) no tienden a convivir con los casos que fomentan la oracionalización. Por otro lado, no advirtieron la contradicción de pensar que las relativas con reasuntivo han de clasificarse con las relativas explicativas, que tienen el antecedente identificado, aunque los contextos más frecuentes muestren antecedente indefinido (Cf. por ejemplo Suárez Fernández, 2013: 86). Otra contradicción presente en los análisis es que los autores afirmaron que había antecedentes indefinidos, pero también sustantivos propios, un hecho que podría llevar a una conclusión fallida, que la conceptualización del antecedente no sería pertinente, algo que este trabajo buscó explicar al proponer dos subtipos de relativas con reasuntivo. Es sin embargo importante destacar que los gramáticos percibieron los dos movimientos cognitivos que fomenta el uso de reasuntivo cuando propusieron diferentes denominaciones, por un lado “retomar” que evoca un movimiento anafórico; estrategia de “retención” que agrega al interlocutor al análisis que no quiere perder el antecedente y conecta el uso de reasuntivo con el procesamiento del discurso, y, por último, “reanudar” que implica nuevo inicio.

En resumen, el presente trabajo buscó aportar elementos especialmente a tres aspectos teóricos sostenidos por el Enfoque cognitivo-prototípico: cuando se mostró que las cláusulas con reasuntivo significan diferente que las relativas que no lo presentan se sostuvo el presupuesto de que todo uso es significativo; cuando se diferenciaron dos subtipos de relativas con reasuntivos se sostuvo que distintos contextos motivaban o la reconceptualización o la valoración del antecedente así como distintos movimientos interpretativos y cuando se correlacionaron las características de las relativas de reasuntivo con las relativas especificativas y explicativas, se dio un ejemplo de que las categorías tienen límites difusos. Entre otros aspectos pendientes, corresponde ampliar la muestra para sostener con más resultados cuantitativos la subclasificación propuesta.

Referencias

Notas