Movimiento Internacional de Lucha Contra la Corrupción y el Blanqueo de Capitales Repaso de las Principales Iniciativas Internacionales

Movimiento Internacional de Lucha Contra la Corrupción y el Blanqueo de Capitales Repaso de las Principales Iniciativas Internacionales

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Álvaro Salgado González

Resumen

Definitivamente el blanqueo de capitales se encuentra inexorablemente vinculado a las actividades delincuenciales económicas, entre las que se pueden destacar el tráfico ilícito de drogas y el financiamiento al terrorismo. Por supuesto que el lavado de activos no debe tenerse como único para edificar este último delito, por cuanto surgiría un gran vacío en la legislación, en el evento de que los actos de terrorismo se realizaren con fondos obtenidos legalmente. La cooperación internacional se impone necesaria para reprimir el blanqueo de capitales, por cuanto está estructurada en el concepto de Estado, mismo que debe extender su existencia a factores como corporaciones multinacionales, grupos sociales transnacionales y organizaciones intergubernamentales.

A su vez el fenómeno de la corrupción, se encuentra ligado a toda esta serie de actividades delincuenciales, en la que sus protagonistas tienen como misión finalistica infiltrar los organismos del Estado, aunque también se presenta en el sector privado, para la obtención de ganancias económicas o para alcanzar posiciones sociales. Es precisamente por esto, que la corrupción crea un abismo de desigualdades en torno a los estratos de muy pocos recursos, porque se proyecta de forma incontrolable y caótica en la estructura socio-económica del Estado.

Mientras que la confrontación entre lavado de activos y financiamiento al terrorismo, presenta complejidad en tanto demostrar todas las veces su intima relación, no sucede lo mismo con el lavado de activos y la corrupción, pues tienen un aspecto en común que lo constituye la recuperación de activos. Dicho de otra manera los Estados no solo se deben proyectar su acción a la recuperación de los activos mal habidos, sino que también y con el mismo esfuerzo lograr la recuperación de los bienes procedentes de la corrupción. Esto incluye los honorarios que les son cancelados a los abogados, por cuanto no le es dable recibirlos a sabiendas de su procedencia ilícita, ya que de hacerlo está contribuyendo a distraer  bienes de la persecución del Estado, lo que va contra el correcto ejercicio de la profesión y  contra la moral social.

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Detalles del artículo

Biografía del autor/a (VER)

Álvaro Salgado González, Universidad de Cartagena

Abogado de la Universidad de Cartagena. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas: Universidad de Cartagena- Universidad Externado de Colombia. Candidato a Maestría en Derecho Penal: Universidad Santo Tomas- Universidad de Salamanca.  Profesor de Derecho Penal Especial. Facultad de Derecho de la Universidad de Cartagena.

Referencias (VER)

Bernate Ochoa Francisco, Estudios de Derecho Penal Económico, Ed. Gustavo Ibáñez, p.87

Bassiouni y Gualtieri, “ International Mechanism to Control the Profits of Illicit Activity”, trabajo presentado a la International Conference on Preventing an Controlling Laundering and The Use of the Proceeds of Crime: a Global Approach, en Aosta Valley, Italia 18-20 de julio 1.994.

Corte Suprema de Justicia de Colombia, Casación Penal, Sentencia del 28 de julio del año 2.004, Tutela 1743.M.P. Yesid Ramírez Bastidas

Ley 906 del año 2004, Código de Procedimiento Penal Colombiano, Capitulo II, Artículos 82 a 91.

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